La presente investigación se realiza por iniciativa de la Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal, en cumplimiento de la función asignada según el artículo 86 del Código de Comercio de “recopilar y certificar las costumbres mercantiles en los lugares comprendidos dentro de su jurisdicción.”
Las Costumbres Mercantiles son el conjunto de prácticas realizadas por los comerciantes de manera uniforme, reiterada y pública, que pueden adquirir la misma autoridad que la ley comercial. La costumbre es relevante por cuanto permite crear normas jurídicas respecto de cuya obligatoriedad existe plena conciencia al interior del grupo o sector económico que la realiza.
Las costumbres mercantiles son una herramienta muy útil que ofrece un respaldo a la actividad comercial. Entre otros beneficios se encuentran:
Se aplica con la misma validez y obligatoriedad que la Ley, siempre y cuando no la contraríe y no exista acuerdo entre las partes que establezca una práctica distinta a la certificada.
Contribuye a regularizar las prácticas realizadas por los comerciantes evitando conflictos futuros.
No tiene ningún costo para el comerciante que la solicita. Puede valer como elemento probatorio en una controversia judicial1.
En esta ocasión, se determinó investigar las políticas definidas por los establecimientos de alojamiento en relación a las garantías solicitadas al huésped2, qué tan comunes son, qué garantía se solicita y en qué momento se solicita. (tiempos y cargos a efectuar).
Se agradece a todos los comerciantes que muy amablemente suministraron la información para la presente investigación y quienes reconocieron esta labor de apoyo al sector, el cual se espera fortalezca cada vez más y mantenga los más altos estándares de calidad.