Estimación de Comerciantes de Santa Rosa de Cabal 2020

Introducción

Con base en la circular 003 del 2019, se modificó el numeral 1.6 del Capitulo Primero del Título VIII de la Circular Única, el cual quedó en de la siguiente forma 1.6 Cobertura de los servicios y estimación de comerciantes de la jurisdicción

Las Cámaras de Comercio deberán realizar anualmente una estimación de sus comerciantes ya sea por zonas determinadas y/o por sectores económicos, para lo cual se sugiere utilizar la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CMU), de manera que cada cuatro (4) años se garantice la cobertura de toda su jurisdicción. La estimación se podrá realizarse directamente o en asocio con otras entidades interesadas en la misma información, mediante convenios de colaboración, mapeos empresariales o sustituirse por otros medios idóneos de información que permitan determinar dicho potencial, tales como las bases de datos del DANE o de autoridades tributarias nacionales o locales, entre otros.

Para la realización de mapeos empresariales, las cámaras de comercio deberán tener en cuenta las herramientas dispuestas por el Departamento Nacional de Planeación para hacer el levantamiento de información empresarial de forma estructurada.

Las Cámaras de Comercio deberán tener en cuenta que la estimación del potencial de comerciantes tiene como objetivo identificar la demografía empresarial local, establecer cuántos comerciantes hay en la jurisdicción, cuántos se encuentran matriculados, último año de renovación de la matrícula, cuáles son los sectores económicos y geográficos con mayor dinámica, la capacidad que tienen las Cámaras de Comercio para atenderlos, identificar los principales intereses y problemas de los comerciantes de su jurisdicción, identificar los negocios sin matricular. Esta estimación debe tenerse a disposición de las entidades de Inspección, Vigilancia y Control (IVC).

Las Cámaras de Comercio publicarán en su página web, la información estadística que arroje la estimación de comerciantes de su jurisdicción, junto con las fuentes de información y la metodología empleada a más tardar el 31 de enero de cada año. Esta información debe corresponder al año inmediatamente anterior.

 

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